Varios Estados europeos tienen una experiencia dilatada y satisfactoria en la utilización del agua regenerada para diferentes fines, entre ellos el riego agrícola. Esta práctica es considerada la mejor práctica frente a los trasvases o la desalinización.
La reutilización del agua fue aprobada en el 2018 en el ámbito del Plan de Acción para la Economía Circular que darán lugar a nuevas normas en 2020. Será publicado en breve en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los veinte días de su publicación. Será aplicable a partir del tercer año desde la fecha de entrada en vigor.
La UE está tomando nuevas medidas para reducir el riesgo de escasez de agua para el riego de los cultivos. Estas normas ayudarán a Europa a adaptarse a las consecuencias del cambio climático. El Reglamento, del todo acorde con el concepto de la economía circular, mejorará la disponibilidad de agua y fomentará su utilización eficiente. Garantizar que haya suficiente agua disponible para el riego agrícola, en particular durante las olas de calor y las sequías más intensas, puede ayudar a evitar la pérdida de cosechas y la escasez de alimentos.
Puesto que las condiciones geográficas y climáticas varían enormemente de un Estado miembro a otro, estos últimos podrán decidir que la utilización de agua regenerada para el riego agrícola no es una solución adecuada para una parte o para la totalidad de su territorio.
Los Estados miembros también podrán dar otros usos al agua regenerada y reutilizarla, por ejemplo, en la industria o con fines recreativos y medioambientales.
El Reglamento establece requisitos estrictos en lo que respecta a la calidad del agua regenerada y a la supervisión de esa calidad, a fin de garantizar la protección del medio ambiente y de la salud humana y animal.
El ahorro de recursos hídricos como resultado de la reutilización del agua será objeto de campañas de sensibilización general en aquellos Estados miembros en los que el agua regenerada se utilice para el riego agrícola.
Se ha pedido a la Comisión que evalúe la necesidad de revisar los requisitos mínimos del agua regenerada, atendiendo para ello a los resultados de una evaluación de la aplicación de este Reglamento o siempre que así lo exijan nuevos conocimientos científicos y técnicos.






