La CCL recibió el Premio Perú Exporta Servicios

0
220

La Cámara de Comercio de Lima recibió el Premio Perú Exporta Servicios en el Perú Service Summit, organizado por Promperu, en reconocimiento a su apoyo en el impulso de la exportación de servicios, en el marco de los 20 años del programa de exportación de servicios.

Yolanda Torriani, presidenta de la Comisión de Desarrollo de la Mujer Empresarial de la CCL, recibió el reconocimiento en representación del gremio empresarial.

Los servicios son actividades realizadas por una persona y/o empresa para cubrir una necesidad o problema, que agregan valor a un producto. A los servicios, por ser intangibles, no se les aplica aranceles y son regulados por normativas internacionales y propias a cada país.

De acuerdo a la Organización Mundial del Comercio (OMC), los servicios también pueden ser exportados. En el Perú, en el año 2011, se publicó la Ley N° 29646 de Fomento al Comercio Exterior de Servicios donde se definió la exportación de servicios y cuáles son aquellos que pueden ser exportados. En al año 2017, la promulgación de la Ley N° 30641 de Fomento a la Exportación de Servicios y el Turismo, amplió la lista de servicios abiertos a la exportación.

Conozcamos más sobre los Servicios y
la Exportación de los Servicios

Es prestar un servicio con una propuesta de valor interesante a un cliente que reside en otro país.

Un servicio se considera exportado cuando cumple los siguientes cuatro requisitos:

  • El exportador está domiciliado en el país.
  • El cliente es una persona o empresa no domiciliada en el país.
  • Se demuestra el servicio realizado con un comprobante de pago correctamente emitido.
  • El uso o aprovechamiento del servicio recibido por el cliente tiene lugar en el extranjero

De acuerdo a la OMC, explica 5 modos para exportar servicios:

  1. Transfronterizo: cuando el servicio se realiza en el Perú, cruza la frontera y llega al otro país
  2. Consumo en el extranjero: el importador viene al Perú para recibir el servicio
  3. Presencia Comercial: el exportador del servicio se establece en el país del importador
  4. Presencia de personas físicas: el exportador peruano viaja temporalmente al país del importador para prestar el servicio
  5. Servicios relacionados a las mercancías, son los servicios que añaden competititividad a las mercancías

Con la entrada en vigencia de la Ley 30641 se pueden exportar todos los servicios en la modalidad transfronterizos (modo 1) siempre que cumpla con los 4 requisitos establecidos en Ley. En el caso de la modalidad Consumo en el Extranjero (modo 2) se deberá evaluar cada caso. La Ley también considera exportaciones los servicios de alimentación, traslados turísticos, conciertos y servicios complementarios de carga. Más información aquí: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/impuesto-general-a-las-ventas-y-selectivo-al-consumo/impuesto-general-a-las-ventas-igv-empresas/7006-13-ley-que-fomenta-la-exportacion-de-servicios-y-el-turismo

Sí, de acuerdo a la Ley de Fomento a la exportación de Servicios y el Turismo, las empresas que deseen exportar sus servicios deben inscribirse en el registro de Exportadores de Servicios de la SUNAT.

Es muy sencillo. Solo debes ingresar con tu RUC y Clave Sol a operaciones en Línea de SUNAT, ir a Empresas, seleccionar la opción Exportadores de servicios y dar clic en Registro. Al ingresar solicitaran seleccionar el tipo de servicio que exportas y ¡listo! Es importante recordar que el RUC debe estar habilitado para realizar operaciones de exportación/importación.

No, las exportaciones de servicios no están afectas a un tributo especial ni a aranceles. Sin embargo, sí es necesario conocer la correcta aplicación de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto a la Renta (IR).

No todos los tratados firmados por el Perú incluyen la exportación de servicios. Los acuerdos que sí los incluyen son: Chile, México, EE.UU., Canadá, Singapur, China, Corea del Sur, Japón, Panamá, Unión Europea, Costa Rica, Brasil y la Alianza del Pacífico