Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación actual de los derechos humanos en Turquía

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Acaba de confirmarse la cadena perpetua a periodistas e intelectuales acusados de haber tenido un papel en el golpe de estado fallido realizado el 15 de julio de 2016 en Turquía contra Erdogan.

Cadena perpetua agravada para seis condenados, esa es la sentencia,  esta cadena perpetua agravada significa limitación de visitas y 23 horas de aislamiento. Han sido condenados, una figura de la televisión como Nazli Ilcak, los dos hermanos Altan, Ahmet e Mehmet, escritor y periodista el primero, el segundo académico y economista. Han sido también condenados Yakup Simsek, Fevzi Yazici y Sukru Tugrul Ozsengul. 

A continuación la propuesta de Resolución del Parlamento tras la declaración del VP/AR de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno sobre la situación actual de los derechos humanos en Turquía por Fabio Massimo Castaldo, Ignazio Corrao en nombre del Grupo EFDD.

A.  Considerando que el Gobierno turco ha prorrogado el estado de excepción por sexta vez desde julio de 2016; que, según la Constitución turca, el estado de excepción solo puede declararse por un período máximo de seis meses;

B.  Considerando que el mantenimiento del estado de excepción ha creado de hecho un sistema presidencial y consolida la concentración del poder en una sola persona, a saber, el presidente Erdogan; que, según la oposición, el Gobierno del Partido Justicia y Desarrollo (AKP) pretende mantener el estado de excepción hasta noviembre de 2019, fecha en que deberían celebrarse las elecciones presidenciales;

C.  Considerando que desde el intento de golpe de Estado, la situación de los derechos humanos se ha degradado de forma exponencial, ya que principalmente tres grupos de personas han sido objeto de presiones, acoso judicial, detenciones y persecución: los sospechosos de pertenecer al movimiento gulenista, los cargos elegidos democráticamente y simpatizantes de movimientos kurdos, y los portavoces y activistas de las organizaciones de la sociedad civil que se muestran críticas con el actual Gobierno;

D.  Considerando que nadie ha quedado a salvo, ya que el presidente Erdogan sigue dirigiendo sus purgas —consistentes en acoso policial y judicial, detenciones arbitrarias, prohibiciones de abandonar el país y otras medidas restrictivas— contra un gran número de personas, incluidos funcionarios, profesores de universidad, ciudadanos de a pie, periodistas, abogados, escritores, artistas, etc.; que los propios jueces y fiscales han sido acusados y detenidos en lo que representa una erosión continua del Estado de Derecho;

E.  Considerando que tras más de 16 meses de estado de excepción, las cifras de la represión son impresionantes; que, según la oposición, 125,000 personas han sido expulsadas de la función pública, 50,500 personas han sido detenidas y 169,000 personas han sido procesadas;

F.  Considerando que, según un informe publicado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos correspondiente al año 2017, Turquía violó los derechos humanos en 2,988 casos y es uno de los países europeos donde se produjeron más violaciones de los derechos humanos;

G.  Considerando que no ha dejado de reducirse el espacio de libertad de la prensa y que Turquía es uno de los peores países en que los periodistas pueden ejercer su profesión; que desde el golpe de Estado se han prohibido 6 agencias de noticias, 50 periódicos, 18 cadenas de televisión, 29 editoriales, 20 revistas, 22 emisoras de radio y 1,520 asociaciones; que 145 periodistas han sido detenidos y 2,500 han perdido su empleo debido al cierre de los medios de comunicación;

H.  Considerando que la comisión ad hoc creada para revisar las decisiones adoptadas durante el estado de excepción no solo no es independiente, ya que sus miembros son designados por las mismas autoridades que aprueban los despidos y los cierres, sino que además no ha producido ningún resultado tangible;

I.  Considerando que el Estado de Derecho está dejando de funcionar en el país; que cuatro tribunales penales de primera instancia, ante la presión política del Gobierno, se han negado a ejecutar la orden del Tribunal Constitucional turco de poner en libertad a Mehmet Altan y Sahin Alpay tras declarar que los derechos de estos periodistas se habían vulnerado; que carece de coherencia jurídica que un tribunal inferior imponga su criterio por encima del criterio del Tribunal Constitucional, y que los expertos jurídicos coinciden en que esta situación pone gravemente en entredicho a todo el sistema judicial turco;

J.  Considerando que la oposición política de Turquía es objeto de una virulenta represión y sus cargos elegidos democráticamente se enfrentan a dificultades cada vez mayores; que varios alcaldes elegidos democráticamente han sido destituidos y sustituidos por personas designadas por el ministro del Interior, y que diversos cargos y diputados han sido objeto de acosos judicial, han sido detenidos o se les han condenados a largas penas de privación de libertad; que el opositor Partido Democrático de los Pueblos (HDP) ha sido objeto de una represión continua y que están encarcelados sus copresidentes, Figen Yüksekdağ y Selahattin Demirtaş, nueve parlamentarios, ochenta alcaldes y miles de sus militantes;

K.  Considerando que según el portavoz del HDP, Osman Baydemir, diez mil simpatizantes del HDP, incluidos alcaldes y cargos municipales asociados al partido, han sido detenidos tras el fallido golpe de Estado;

L.  Considerando que Leyla Zana, ganadora del premio Sájarov y primera mujer kurda en obtener un escaño en el Parlamento turco, ha sido despojada de su condición de diputada en una votación en el Parlamento turco por no prestar juramento con arreglo al artículo 81 de la Constitución y no asistir a 212 reuniones desde su elección en noviembre de 2015; que los motivos aducidos para su destitución parecen espurios y la votación, muy politizada;

M.  Considerando que Taner Kılıç, abogado de derechos humanos y presidente de Amnistía Internacional de Turquía, se encuentra en prisión preventiva desde junio de 2017, acusado de «pertenencia a una organización armada terrorista», y que, de ser declarado culpable, podría ser condenados a 15 años de privación de libertad; que horas después de que el tribunal de Estambul declarara que se podía poner fin, con condiciones, a la prisión preventiva de Taner Kılıç, el fiscal recurrió contra esta decisión y un segundo tribunal estimó el recurso, por lo que Taner Kılıç tuvo que volver a la cárcel a pesar de no existir pruebas contra él;

N.  Considerando que en una audiencia celebrada el 25 de diciembre de 2017, un juez turco ordenó que cuatro periodistas y altos responsables del periódico Cumhuriyet, algunos de los cuales ya llevaban 14 meses encarcelados, siguieran privados de libertad hasta la próxima audiencia, prevista para el 9 de marzo de 2018; que el juicio se ha caracterizado por irregularidades procesales continuas y por la falta de respeto al derecho de defensa;

O.  Considerando que varios ciudadanos de la Unión también ha sido acusados o privados de libertad, incluido Deniz Yücel, que ha pasado casi un año en la cárcel sin que hasta el momento pese una acusación formal contra él, y la reportera Ayla Albayrak, declarada culpable de «propaganda terrorista» en Turquía y condenada en rebeldía a más de dos años de privación de libertad;

P.  Considerando que los profesores universitarios Nuriye Gülmen y Semih Özakça comenzaron una huelga de hambre para denunciar el despido arbitrario de un gran número de funcionarios, pero que se les obligó a terminarla después de 320 días ya que su salud había sufrido daños irreversibles; que también se ha actuado penalmente contra sus abogados, que han sido privados de libertad;

Q.  Considerando que Osman Kavala, fundador de la Iniciativa Internacional para la Paz y la Reconciliación y uno de las figuras más destacadas y respetadas en el panorama turco de las artes y la cultura, fue detenido en octubre de 2017 y acusado de «intentar subvertir el orden constitucional», a pesar que no se presentó prueba alguna ante el tribunal;

R.  Considerando que el Gobierno turco está reprimiendo toda oposición o crítica contra la campaña militar turca encaminada a capturar la región kurda de Afrin en el noreste de Siria; que más de trescientas personas, incluidos escritores, periodistas, estudiantes, dirigentes locales y diputados por el HDP, han sido detenidas en todo el país por sus críticas a la ofensiva en Afrin y acusadas de divulgar «propaganda terrorista»; que se han bloqueados sitios web que publicaban noticias sobre Afrin;

S.  Considerando que el 30 de enero de 2018 la policía turca detuvo a once miembros del Consejo Central del Colegio de Médicos Turco (TTB) y registró sus domicilios y lugares de trabajo aduciendo que esta organización «difundía propaganda de una organización terrorista» e «incitaba al pueblo al rencor y la hostilidad»; que el TTB había pedido que se pusiera fin a la operación militar turca en Afrin, denominada «Ramo de olivo»;

1.  Manifiesta su profunda preocupación por el continuo deterioro de las libertades fundamentales y el Estado de Derecho en Turquía; censura la decisión del Gobierno de prorrogar el estado de excepción —que se ha esgrimido como pretexto para acallar las voces disidentes y reprimir a los opositores, incluidos políticos, periodistas, defensores de los derechos humanos y activistas— y de soslayar en varias ocasiones el control parlamentario y del Tribunal Constitucional mediante la imposición de decisiones mediante decreto; pide al Gobierno que no vuelva a prorrogar el estado de excepción;

2.  Pide a las autoridades turcas que garanticen en todas las circunstancias el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de acuerdo con las normas internacionales de derechos humanos y con los instrumentos internacionales ratificados por Turquía;

3.  Condena el recurso a la detención arbitraria y al acoso judicial y administrativo para perseguir a miles de defensores de los derechos humanos, miembros de organizaciones independientes de la sociedad civil, profesores universitarios, periodistas y cualquier persona que se oponga al Gobierno;

4.  Pide al Gobierno turco que respete el principio  de presunción de inocencia, y destaca que el uso de la prisión preventiva debe ajustarse al Convenio Europeo de Derechos Humanos; pide a las autoridades turcas que lleven a cabo una investigación exhaustiva de las denuncias de graves malos tratos a los presos, sacadas a la luz por varias organizaciones de derechos humanos, y pide que se exijan responsabilidades y se castigue sin contemplaciones a los culpables de violaciones de los derechos humanos; manifiesta su profunda preocupación por las condiciones penitenciarias en el país;

5.  Insta al Gobierno turco a poner en libertad a todas las personas detenidas ilegalmente y a retirar los cargos que pesan contra ellas, también el caso de las personas que se encuentran en prisión preventiva más allá del período máximo o sobre la base de pruebas sin fundamento;

6.  Pide al Gobierno turco que ofrezca a todas las personas objeto de medidas restrictivas las vías de recurso, también judiciales, adecuadas y efectivas que corresponden a un Estado de Derecho; señala que, en el actual estado de excepción, los ciudadanos detenidos no tienen derecho a asistencia letrada durante los primeros cinco días de detención, y lamenta las diversas restricciones al acceso de las personas privadas de libertad a sus abogados;

7.  Pide al Gobierno turco que revise con carácter de urgencia la Comisión de investigación sobre las prácticas del estado de excepción, de forma que se convierta en una comisión sólida, independiente y plenamente dotada del mandato adecuado para garantizar el tratamiento individualizado de cada caso y la tramitación eficaz del enorme volumen de solicitudes que recibirá, y para garantizar que el control jurisdiccional no sufra un retraso indebido;

8.  Pide al Gobierno turco que ponga fin a las injerencias en el sistema judicial consistentes en presiones a jueces y fiscales, el despido o detención de estos o el embargo de sus bienes, y que restaure y aplique todas las salvaguardias jurídicas para garantizar el pleno respeto de la independencia del poder judicial;

9.  Condena la reciente decisión de privar a Leyla Zana de su condición de diputada; condena asimismo las decisiones similares anteriores adoptadas contra otros cinco diputados del HDP; reitera su solidaridad con los parlamentarios turcos elegidos legítimamente que han sido objeto de detención e intimidación; pide al Gobierno turco que respete el mandato de estos parlamentarios y su derecho a defenderse adecuadamente ante los tribunales;

10.  Condena la sustitución arbitraria de representantes locales elegidos democráticamente, lo que mina la estructura democrática de Turquía y va en contra de la voluntad de los votantes; pide al Gobierno que vuelva a colocar a los representantes locales destituidos en los cargos para los que habían sido elegidos legalmente;

11.  Condena con firmeza el acusado retroceso y las graves violaciones de derechos en materia de libertad de expresión y las graves vulneraciones de la libertad de prensa, incluida la prohibición desproporcionada de sitios web de información y redes sociales, el cierre de medios de comunicación y la detención de periodistas; recuerda que una prensa libre y plural, incluida una internet libre y abierta, es un componente esencial de toda democracia, e insta al Gobierno turco que respete estos principios;

12.  Condena la declaración de la oficina del gobernador de Ankara, de 19 de noviembre de 2017, relativa a la decisión de prohibir definitivamente cualquier acto previsto por organizaciones LGBTI; expresa su inquietud porque esta decisión se produce después de tres prohibiciones consecutivas del desfile del Orgullo Gay en Estambul y también en otras lugares del país; lamenta que, tras esta declaración, otras regiones también hayan prohibido actos LGTBI; destaca que esto constituye una grave vulneración del derecho a las libertades de expresión y de reunión consagradas en los artículos 26, 33 y 34 de la Constitución turca, así como en los artículos 19 y 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); pide a las autoridades turcas que revoquen inmediatamente la prohibición y restauren las libertades de expresión y reunión;

13.  Pide a la Delegación de la Unión en Ankara que asuma el liderazgo, junto con las embajadas de los Estados miembros, a la hora de coordinar el apoyo y, en su caso, el respaldo público a los defensores de los derechos humanos, en especial mediante el seguimiento y la observación de juicios, la petición de permisos de visitas penitenciarias y la emisión de declaraciones dirigidas a las autoridades turcas de todos los niveles;

14.  Considera que apoyar a los defensores humanos y a los representantes de la sociedad civil (periodistas, profesores universitarios, artistas, escritores, etc.) de Turquía es crucial para el futuro del país y la credibilidad de la Unión; reitera su llamamiento a la Comisión para que tome en consideración la evolución de la situación en Turquía durante la revisión de los fondos del Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP) y evalúe opciones concretas para aumentar el apoyo a la sociedad civil turca; destaca que no se deben destinar fondos a proyectos gestionados directamente por los ministerios turcos que hayan participado en el desmantelamiento del Estado de Derecho o sean responsable de él, como el Ministerio de Justicia;

15.  Reitera la importancia de reconstruir un diálogo político con Turquía que sea fiable, abierto y constructivo, pero considera que, como requisito indispensable para que este diálogo sea fructífero, se ha de mejorar el respeto de los derechos humanos y las libertas fundamentales; recuerda que la Delegación en la Comisión Parlamentaria Mixta UE-Turquía sigue siendo la plataforma fundamental de este diálogo, también en lo que atañe a las cuestiones de derechos humanos;

16.  Recuerda su llamamiento en favor de la suspensión formal de las negociaciones de adhesión con Turquía, si las reformas constitucionales propuestas por el Gobierno y aprobadas mediante referéndum se aplican sin cambios, ya que la nueva Constitución no respetaría los criterios de Copenhague y transmitiría el mensaje de que los legisladores turcos han dejado de aspirar a la integración en la Unión Europea;

17.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros, y al Gobierno y al Parlamento de Turquía.