COVID-19: norma sobre franjas horarias para ayudar a las compañías aéreas

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La UE suspenderá hasta el 24 de octubre de 2020 los requisitos de las franjas horarias en los aeropuertos, que obligan a las compañías aéreas a utilizar al menos el 80 % de sus franjas horarias de despegue y aterrizaje para conservarlas el año siguiente. La excepción adoptada por el Consejo pretende ayudar a las compañías aéreas a afrontar la acusada disminución del tráfico aéreo provocada por la crisis del coronavirus.

«Ahora parece claro que el final de esta crisis no está próximo. La excepción a la regla de «usar o perder» hasta el mes de octubre contribuirá a mitigar las gravosas repercusiones económicas que afectan a las compañías aéreas y aportará a estas certidumbre a lo largo de toda la temporada veraniega.» Oleg Butković, ministro de Medio Marino, Transportes e Infraestructuras de Croacia, presidente del Consejo

La excepción se aplicará del 1 de marzo al 24 de octubre de 2020. Además, se aplicará con carácter retroactivo del 23 de enero al 29 de febrero para los vuelos entre la UE y China o Hong Kong. La fecha de inicio, 23 de enero de 2020, corresponde al día en que las autoridades chinas cerraron el primer aeropuerto.

Si la grave situación actual persiste, la medida podrá prorrogarse rápidamente mediante un acto delegado de la Comisión. La Comisión estará pendiente de la situación e informará al respecto de aquí al 15 de septiembre de 2020.

Para establecer una suspensión de los citados requisitos era preciso modificar el Reglamento de la UE sobre franjas horarias.

La votación del Consejo sobre la modificación se ha efectuado mediante un procedimiento escrito que ha terminado hoy. La votación del Parlamento Europeo tuvo lugar el 26 de marzo. Las dos instituciones han negociado y tramitado la propuesta con carácter urgente.

El Reglamento de modificación se publicará en el Diario Oficial de la UE el 31 de marzo de 2020.