En Davos, Suiza, la UE y los ministros de 16 miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) acordaron desarrollar un acuerdo de apelación provisional multipartidista que permitirá a los miembros participantes de la OMC preservar en funcionamiento un sistema de solución de controversias en dos etapas en la OMC en disputas entre ellos. Esta iniciativa fue lanzada a mediados de diciembre de 2019 por la UE y otros miembros de la OMC tras la parálisis efectiva del Órgano de Apelación de la OMC, debido al bloqueo de cualquier nuevo nombramiento desde 2017.
El comisionado de Comercio, Phil Hogan, dijo: “Esta declaración atestigua la gran importancia que la UE y los miembros participantes de la OMC atribuyen a la retención de un proceso de solución de controversias en dos pasos en asuntos comerciales de la OMC. El acuerdo de arbitraje de apelación multipartidista garantizará que los miembros participantes de la OMC continúen teniendo acceso a un sistema de solución de controversias vinculante, imparcial y de alta calidad entre ellos. Permítanme subrayar nuevamente que esto sigue siendo una medida de contingencia necesaria debido a la parálisis del Órgano de Apelación de la OMC. Continuaremos nuestros esfuerzos para buscar una solución duradera al punto muerto del Órgano de Apelación, incluso mediante las reformas y mejoras necesarias «.
El acuerdo provisional multipartito se basará en el artículo 25 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD) de la OMC. Asegurará a los miembros participantes de la OMC, Australia, Brasil, Canadá, China, Chile, Colombia, Costa Rica, la Unión Europea, Guatemala, República de Corea, México, Nueva Zelanda, Noruega, Panamá, Singapur, Suiza y Uruguay un proceso efectivo y vinculante de solución de controversias para posibles conflictos comerciales entre ellos.
El acuerdo es una medida de contingencia y solo se aplicará hasta que el Órgano de Apelación de la OMC vuelva a estar operativo. La UE cree que una etapa de apelación independiente e imparcial, que brinde las garantías necesarias de resoluciones de la más alta calidad, debe continuar siendo una de las características esenciales del sistema de solución de diferencias de la OMC.









