Fiscal de la CPI, Karim A.A. Khan QC, sobre la situación en Ucrania: “He decidido proceder con la apertura de una investigación”.

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«El viernes pasado expresé mi creciente preocupación, haciéndome eco de la de los líderes mundiales y ciudadanos del mundo por igual, por los acontecimientos que se desarrollan en Ucrania.

Hoy deseo anunciar que he decidido proceder a abrir una investigación sobre la situación en Ucrania lo antes posible.

Ucrania no es Estado Parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional («CPI» o la «Corte»), por lo que no puede remitir la situación a mi Oficina. Pero ha ejercido dos veces sus prerrogativas para aceptar legalmente la jurisdicción de la Corte sobre presuntos crímenes en virtud del Estatuto de Roma que ocurrían en su territorio, en caso de que la Corte decida ejercerla. La primera declaración presentada por el Gobierno de Ucrania aceptaba la jurisdicción de la CPI con respecto a los presuntos delitos cometidos en territorio ucraniano del 21 de noviembre de 2013 al 22 de febrero de 2014. La segunda declaración prorrogó este período de forma indefinida para abarcar los presuntos delitos cometidos en todo el territorio de Ucrania desde el 20 de febrero de 2014 en adelante.

He revisado las conclusiones de la Oficina derivadas del examen preliminar de la Situación en Ucrania y he confirmado que existe una base razonable para proceder con la apertura de una investigación. En particular, estoy convencido de que existe una base razonable para creer que tanto los presuntos crímenes de guerra como los crímenes de lesa humanidad se han cometido en Ucrania en relación con los hechos ya evaluados durante el examen preliminar de la Fiscalía. Dada la expansión del conflicto en los últimos días, tengo la intención de que esta investigación abarque también cualquier nuevo presunto delito que sea competencia de mi Oficina y que sea cometido por cualquiera de las partes en el conflicto en cualquier parte del territorio de Ucrania.

Ya le encargué a mi equipo que explore todas las oportunidades de preservación de evidencia. El siguiente paso es proceder con el proceso de búsqueda y obtención de la autorización de la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte para iniciar una investigación. Una ruta alternativa establecida en el Estatuto que podría acelerar aún más los asuntos sería que un Estado Parte de la CPI remitiera la situación a mi Oficina, lo que nos permitiría proceder activa e inmediatamente con las investigaciones independientes y objetivas de la Oficina.

También solicitaré el apoyo de todos los Estados Partes y de la comunidad internacional en su conjunto mientras mi Oficina emprende sus investigaciones. Pediré apoyo presupuestario adicional, contribuciones voluntarias para apoyar todas nuestras situaciones y el préstamo de personal gratuito. La importancia y la urgencia de nuestra misión son demasiado graves para ser rehenes de la falta de medios.

Continuaré siguiendo de cerca los desarrollos sobre el terreno en Ucrania y nuevamente pediré moderación y cumplimiento estricto de las normas aplicables del derecho internacional humanitario».

Dias antes había declarado,

«Durante mi misión en Bangladesh, he estado siguiendo de cerca los acontecimientos recientes en Ucrania y sus alrededores con creciente preocupación.

Les recuerdo a todas las partes que llevan a cabo hostilidades en el territorio de Ucrania que, de conformidad con la declaración presentada el 8 de septiembre de 2015, aceptando la jurisdicción de la Corte Penal Internacional («CPI» o la «Corte»), mi Oficina puede ejercer su jurisdicción e investigar cualquier acto de genocidio, crimen de lesa humanidad o crimen de guerra cometido en el territorio de Ucrania desde el 20 de febrero de 2014 en adelante.

Cualquier persona que cometa tales delitos, incluso ordenando, incitando o contribuyendo de otra manera a la comisión de estos delitos, puede ser procesada ante la Corte, con pleno respeto al principio de complementariedad. Es imperativo que todas las partes en el conflicto respeten sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario.

Mi Oficina también ha recibido múltiples consultas sobre las enmiendas al Estatuto de Roma con respecto al crimen de agresión, que entró en vigor en 2018, y la aplicación de esas enmiendas a la situación actual. Dado que ni Ucrania ni la Federación Rusa son Estados Partes del Estatuto de Roma, la Corte no puede ejercer jurisdicción sobre este presunto crimen en esta situación.

Mi Oficina continuará monitoreando de cerca la Situación en Ucrania. En el ejercicio independiente e imparcial de su mandato, la Fiscalía sigue plenamente comprometida con la prevención de crímenes atroces y con garantizar que todos los responsables de tales crímenes rindan cuentas.

Tras mi regreso a La Haya, tengo la intención de emitir una declaración más detallada sobre la situación en Ucrania, aclarando mi evaluación y los próximos pasos que preveo en relación con este expediente».