El objetivo de la ELA-Autoridad Laboral Europea es ayudar a los estados miembros a implementar los actos legales de la UE en las áreas de movilidad laboral en la Unión y la coordinación de la seguridad social. También apoyará a los estados miembros en la aplicación transfronteriza de la legislación pertinente de la Unión, incluida la facilitación de inspecciones concertadas y conjuntas. El 14 de febrero de 2019. El Consejo y el Parlamento Europeo llegaron a un acuerdo provisional sobre el Reglamento por el que se crea una Autoridad Laboral Europea. El 16 de abril, el Parlamento Europeo votó a favor del acuerdo. La adopción del reglamento por parte del Consejo está prevista para junio.
Cuatro países de la UE han enviado ofertas al Consejo para albergar la sede de la futura Autoridad Europea del Trabajo (ELA) en las siguientes ciudades:
Nicosia, Chipre
Sofía, Bulgaria
Riga, Letonia
Bratislava, Eslovaquia
Las ofertas se publicarán en el sitio web del Consejo el 13 de mayo.
Criterios de evaluación
Antes del 3 de junio, la Comisión Europea evaluará las ofertas según los siguientes criterios:
equilibrio geográfico
La fecha en la que se puede configurar el ELA después de la entrada en vigor del reglamento de fundación.
- accesibilidad de la ubicación
- Existencia de instalaciones educativas adecuadas para los hijos del personal.
- Acceso adecuado al mercado laboral, a la seguridad social y a la atención médica tanto para los hijos como para los cónyuges.
Sobre la base de la evaluación de la Comisión, los representantes de los Estados miembros reunidos en Coreper mantendrán una discusión el 5 de junio. Tras una votación que tendrá lugar al margen del Consejo EPSCO el 13 de junio en Luxemburgo, la decisión final sobre la sede de ELA se tomará de común acuerdo entre los representantes de los estados miembros.







