La comisaria Margrethe Vestager, responsable de la Política de Competencia, ha declarado: «Hoy en día, la internet móvil representa más de la mitad del tráfico mundial de internet. Ha cambiado la vida de millones de europeos. El asunto que nos ocupa se refiere a tres tipos de restricciones que ha impuesto Google a los fabricantes de dispositivos Android y a los operadores de redes para asegurarse de que el tráfico en los dispositivos Android se dirige al motor de búsqueda Google. De esta forma, Google ha utilizado Android como vehículo para consolidar el dominio de su motor de búsqueda. Estas prácticas han privado a sus competidores de la posibilidad de innovar y competir en función de sus méritos. Han impedido a los consumidores europeos beneficiarse de una competencia efectiva en un ámbito tan importante como el móvil. Esto es ilegal con arreglo a las normas de defensa de la competencia de la UE.».
En particular, Google:
- ha obligado a los fabricantes a preinstalar la aplicación Google Search y el navegador Chrome como condición para conceder la licencia de su tienda de aplicaciones, Play Store;
- ha realizado pagos a determinados grandes fabricantes y operadores de redes móviles a condición de que preinstalaran exclusivamente la aplicación Google Search en sus dispositivos; y
- ha impedido a los fabricantes que deseaban preinstalar aplicaciones de Google vender un solo dispositivo móvil inteligente que funcione en versiones alternativas de Android no aprobadas por Google (las denominadas «bifurcaciones de Android»).
La decisión de la Comisión concluye que estos tres tipos de abuso forman parte de una estrategia global de Google para consolidar su posición dominante en la búsqueda general en internet en un momento en el que la importancia de la internet móvil estaba creciendo de manera significativa.

En primer lugar, las prácticas de Google han privado a los motores de búsqueda rivales de la posibilidad de competir en función de los méritos. Las prácticas de vinculación garantizaron la preinstalación del motor de búsqueda y el navegador de Google en prácticamente todos los dispositivos Android de Google y los pagos por exclusividad tuvieron un fuerte efecto disuasorio para preinstalar motores de búsqueda competidores. Asimismo, Google entorpeció el desarrollo de bifurcaciones de Android, que podrían haber proporcionado una plataforma para que los motores de búsqueda rivales obtuvieran tráfico. La estrategia de Google también impidió a los motores de búsqueda rivales obtener más datos de los dispositivos móviles inteligentes, incluidos datos de búsqueda y localización móvil, lo que le ayudó a consolidar su posición dominante como motor de búsqueda.
Además, las prácticas de Google perjudicaron la competencia y obstaculizaron la innovación en el ámbito móvil en general, más allá de las búsquedas en internet, al evitar la competencia efectiva de otros navegadores móviles con el navegador Google Chrome preinstalado. Por último, Google obstruyó el desarrollo de bifurcaciones de Android, que podrían haber proporcionado una plataforma para que prosperaran también otros desarrolladores de aplicaciones.

Consecuencias de la decisión
La multa de la Comisión por un importe de €4 342 865 000 tiene en cuenta la duración y la gravedad de la infracción. De conformidad con las Directrices de la Comisión de 2006 sobre multas, la multa se ha calculado sobre la base del valor de los ingresos de Google procedentes de los servicios de publicidad en motores de búsqueda en los dispositivos Android en el EEE.
La decisión de la Comisión exige a Google poner fin a su conducta ilegal de manera efectiva en un plazo de 90 días a partir de la decisión.
Como mínimo, Google debe interrumpir y no volver a participar en ninguno de los tres tipos de prácticas. La decisión también exige a Google que se abstenga de adoptar cualquier medida cuyo objeto o efecto sea idéntico o equivalente a esas prácticas.
La decisión no impide a Google implantar un sistema razonable, equitativo y objetivo que asegure el correcto funcionamiento de los dispositivos Android que utilicen aplicaciones y servicios exclusivos de Google, sin por ello menoscabar la libertad de los fabricantes de producir dispositivos basados en bifurcaciones de Android.
Es responsabilidad exclusiva de Google garantizar el cumplimiento de la decisión de la Comisión. Esta seguirá de cerca el cumplimiento de Google, que tiene la obligación de mantener informada a la Comisión de la forma en que cumplirá con sus obligaciones.
Si Google no garantiza el cumplimiento de la decisión de la Comisión, se le podrían imponer multas por incumplimiento de hasta el 5% del volumen de negocios mundial medio diario de Alphabet, la empresa matriz de Google. La Comisión tendría que determinar dicho incumplimiento en una decisión separada, con la consiguiente retroactividad de los pagos a la fecha de inicio del incumplimiento.
Por último, Google también debe hacer frente a las demandas por daños y perjuicios que puedan ser ejercitadas ante los tribunales de los Estados miembros por cualquier persona o empresa afectada por su comportamiento contrario a la competencia. Gracias a la nueva Directiva de la UE sobre acciones por daños por infracciones de la normas de defensa de la competencia, las víctimas de las prácticas contrarias a la competencia pueden obtener más fácilmente el resarcimiento de los daños y perjuicios.







