Derechos humanos y Democracia en Nicaragua

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Han sido cinco las Resoluciones emitidas por el Parlamento europeo sobre Nicaragua, desde diciembre 2008 hasta marzo de este año. El vinculo existente entre los países SICA-Centroamérica con la Unión europea, del cual hace parte Nicaragua, es el Acuerdo de Asociación con la Unión Europea desde 2012.

Diferentes informes han hecho conocer la situación en este país como ha sido la declaración efectuada el 19 de noviembre de 2019 por Rupert Colville, portavoz del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH); el informe de la Comisión de Alto Nivel de la Organización de Estados Americanos (OEA), de 19 de noviembre de 2019, sobre Nicaragua. Los boletines publicados por el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI) creado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Una nueva propuesta legislativa del titulo «sobre la situación de los derechos humanos y la democracia en Nicaragua» propuesta por los euro-diputados Javier Nart, Abir Al‑Sahlani, Petras Auštrevičius, Malik Azmani, José Ramón Bauzá Díaz, Phil Bennion, Izaskun Bilbao Barandica, Gilles Boyer, Sylvie Brunet, Olivier Chastel, Katalin Cseh, Jérémy Decerle, Anna Júlia Donáth, Engin Eroglu, Klemen Grošelj, Christophe Grudler, Bernard Guetta, Antony Hook, Ivars Ijabs, Ondřej Kovařík, Ilhan Kyuchyuk, Nathalie Loiseau, Jan‑Christoph Oetjen, Dragoş Pîslaru, Samira Rafaela, Frédérique Ries, María Soraya Rodríguez Ramos, Monica Semedo, Susana Solís Pérez, Ramona Strugariu, Irène Tolleret, Hilde Vautmans, Marie‑Pierre Vedrenne, Chrysoula Zacharopoulou en nombre del Grupo Renew Europe.

Señala:

A. Considerando que los defensores de los derechos humanos y las voces críticas frente al historial de derechos humanos del Gobierno de Nicaragua son objeto de cada vez más amenazas de muerte, intimidaciones, campañas de difamación en línea, acoso, vigilancia, agresiones y persecución judicial; que, según informaciones de las organizaciones internacionales de derechos humanos, más de 80 000 personas se han visto obligadas a abandonar Nicaragua debido a la actual crisis y al agravamiento de la represión;

B. Considerando que, según las últimas cifras del MESENI, en Nicaragua han muerto 328 personas y se han producido cientos de heridos, al tiempo que más de 150 presos políticos siguen encarcelados única y exclusivamente por ejercer sus derechos y 144 estudiantes han sido expulsados de sus universidades por haber participado en manifestaciones a favor de la democracia, del respeto de los derechos humanos y de mayores libertades; que según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH) más de 100 periodistas y trabajadores de medios de comunicación han tenido que abandonar el país; que el Gobierno nicaragüense ha paralizado las importaciones de papel prensa, obligando a varios periódicos a cerrar, entre ellos el emblemático Nuevo Diario;

C. Considerando que el respeto de la independencia del poder judicial, del pluralismo político y de la libertad de reunión y expresión son derechos fundamentales y pilares fundamentales de la democracia y el Estado de Derecho;

D. Considerando que el 14 de noviembre de 2019 ocho familiares de opositores políticos encarcelados, entre otras personas, iniciaron una huelga de hambre en la iglesia de San Miguel en Masaya, pidiendo la liberación de ciento treinta personas presuntamente detenidas como consecuencia de las protestas; que estas personas fueron rodeadas por la policía dentro de la iglesia y que la policía procedió asimismo a cortar el suministro de agua y electricidad al edificio; que la policía no permitió a nadie entrar en la iglesia e impidió la entrega de ayuda humanitaria y médica;

E. Considerando que esa misma noche un grupo de al menos trece miembros de la oposición fueron detenidos tras haber entregado agua a los rodeados por la policía, incluida Amaya Eva Coppens, defensora de los derechos humanos nicaragüense y belga que anteriormente había cumplido ocho meses de prisión en relación con las protestas y había sido puesta en libertad el 11 de junio de 2019 en virtud de una ley de amnistía;

F. Considerando que la fiscalía nicaragüense acusa injustamente a estos trece miembros de la oposición de varios cargos, entre ellos secuestro, tenencia ilícita de armas de fuego y terrorismo, evidenciando así una clara falta de garantías procesales y la conculcación del derecho a un juicio justo; que las condiciones carcelarias en Nicaragua tampoco se atienen a las normas internacionales; que la oposición nicaragüense ha denunciado reiteradamente el uso de la tortura y la violencia sexual en las cárceles;

G. Considerando que el Gobierno de Nicaragua está elevando el nivel de su persecución contra las familias de las víctimas de la crisis democrática, institucional y política mediante la intimidación y la vigilancia, tratando de impedirles reclamar justicia y emprender acciones públicas y privadas en recuerdo de sus seres queridos;

H. Considerando que el gobierno de Nicaragua reprime a quienes se pronuncian sobre la situación de los derechos humanos en Nicaragua y acuden a funcionarios y mecanismos internacionales y de las Naciones Unidas;

I. Considerando que el Gobierno nicaragüense ha expulsado del país a organizaciones internacionales que buscaban la resolución pacífica del conflicto y la reconciliación nacional; que la represión contra las organizaciones de la sociedad civil se ha intensificado, al verse estas privadas de su estatuto jurídico en un país con un marco institucional deficiente, lo que constituye un doble castigo para las víctimas de la represión;

J. Considerando que en varias ocasiones se ha impedido que altos funcionarios de algunos Estados miembros entren en Nicaragua;

K. Considerando que el gobierno de Nicaragua no muestra interés alguno en reanudar un diálogo creíble e integrador con la Alianza Cívica de Nicaragua ni en la plena aplicación de los acuerdos de marzo de 2019;

L. Considerando que el desarrollo y la consolidación de la democracia y el Estado de Derecho, así como el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, deben formar parte integrante de las políticas exteriores de la Unión, incluido el Acuerdo de Asociación celebrado en 2012 entre la Unión Europea y los países de Centroamérica; que este acuerdo incluye una cláusula democrática, que es un elemento esencial del acuerdo; que, dadas las circunstancias actuales, debe activarse la cláusula democrática y suspenderse a Nicaragua del acuerdo;

1. Condena todas las acciones represivas llevadas a cabo por el Gobierno de Nicaragua, en particular los asesinatos, la restricción generalizada de la libertad de expresión, reunión y manifestación, la ilegalización de organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil, la expulsión del país de organizaciones internacionales, el cierre y las agresiones contra los medios de comunicación, las limitaciones del derecho de información y la expulsión de estudiantes de las universidades;

2. Insta al gobierno de Nicaragua a que ponga fin a la persistente represión de la disidencia y al actual modelo de detenciones arbitrarias, así como al recurso a la tortura y a la violencia sexual, y a que se abstenga de criminalizar, perseguir y atacar a defensores de los derechos humanos, opositores políticos, familias de víctimas y otras voces disidentes; pide que se investigue la violencia a fondo, con rapidez, transparencia e imparcialidad;

3. Pide la puesta en libertad inmediata de todas las personas detenidas arbitrariamente, incluida Amaya Eva Coppens, la retirada de todos los cargos y el respeto de sus salvaguardias jurídicas fundamentales; insta a que los responsables de las violaciones de los derechos humanos y de acciones que socavan la democracia y el Estado de Derecho rindan cuentas ante la justicia;

4. Celebra la decisión del Consejo de adoptar un marco para sanciones específicas destinadas a los responsables de violaciones de los derechos humanos, de abusos o de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Nicaragua; pide a los Estados miembros que lleguen rápidamente a un acuerdo sobre la lista concreta de personas y entidades que serán sancionadas, entre ellas, el presidente Daniel Ortega y la vicepresidenta Rosario Murillo, los hijos de ambos Laureano y Rafael Ortega Murillo, y el vicedirector general de la Policía Nacional Nicaragüense, Ramón Antonio Avellán Medal, que estuvo al frente de la «Operación Limpieza»;

5. Condena la falta de voluntad del gobierno de Nicaragua para reanudar un diálogo interno significativo; pide a las autoridades que reanuden el diálogo con la Alianza Cívica de Nicaragua con miras a alcanzar una solución democrática, sostenible y pacífica que permita la plena aplicación de los acuerdos de marzo de 2019; destaca la necesidad de garantizar las libertades políticas y civiles para todos los nicaragüenses, el regreso de los exiliados, el retorno de las organizaciones internacionales y la cooperación con estas, y el establecimiento de un proceso electoral creíble, con un Consejo Electoral Supremo de Nicaragua reformado que garantice unas elecciones inmediatas, justas y transparentes con presencia de observadores internacionales;

6. Pide al VP/AR y a la Delegación para Nicaragua del Servicio de Acción Exterior de la Unión que sigan de cerca los acontecimientos en el país y que sigan abordando los problemas de derechos humanos derivados de la situación en el país que afectan, entre otros, a reclusos, estudiantes, manifestantes, familias de víctimas y periodistas;

7. Pide que el Parlamento envíe a Nicaragua lo antes posible una delegación para continuar con el seguimiento de la situación en el país, e insta a las autoridades nicaragüenses a que permitan la entrada sin restricciones en el país y autoricen el acceso a todos los interlocutores e instalaciones;

8. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al secretario general de la Organización de Estados Americanos, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana, al Parlamento Centroamericano, al Grupo de Lima y al Gobierno y al Parlamento de la República de Nicaragua.