El Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos se refiere al período que va del 18 de abril – 18 de agosto de 2018, lleva por título «Violaciones de Derechos Humanos y abusos en el contexto de las protestas en Nicaragua».
El informe detalla la represión y las formas de violencia ejercida por el gobierno de Daniel Ortega que han dado como resultado más de 300 personas fallecidas y 2000 heridas. Señala tres fases en este conflicto. La fase inicial se caracterizó por la respuesta represiva del Estado a las manifestaciones públicas y por la generalización de las protestas por todo el país en distintas modalidades, incluyendo barricadas y tranques. La segunda etapa (desde mediados de junio a mediados de julio) se caracterizó por el levantamiento por la fuerza de las barricadas y tranques por parte de las autoridades estatales y elementos armados pro-gubernamentales. En la tercera y actual etapa, que comenzó tras la represión de las protestas, se ha producido la criminalización y persecución de todas aquellas personas que participaron en las protestas o que son de alguna forma percibidas como opositores al gobierno.
Por la modalidad empleada por el Gobierno de Daniel Ortega se han verificado violaciones del derecho internacional de los derechos humanos, constatando que si la ciudadanía nicaragüense se ha manifestado de manera pacífica la respuesta de las autoridades ha sido letal y la utilización de grupos armados pro-gubernamentales también fueron violatorios del derecho internacional de los derechos humanos. La respuesta de las autoridades reprimió sistemáticamente la disidencia al Gobierno.
Entre las violaciones de derechos humanos señala el uso desproporcionado de la fuerza por parte la policía, llegando a ser ejecuciones extrajudiciales; desapariciones forzadas; obstrucción del acceso a la atención médica, detenciones arbitrarias o ilegales con carácter generalizado; frecuentes malos tratos y casos de torturas y violencia sexual en los centros de detención; violaciones a las libertades de reunión pacífica y expresión, así como la criminalización de los líderes sociales, personas defensoras de los derechos humanos, periodistas y manifestantes considerados críticos con el Gobierno.
Señala que las protestas se han reducido, lo cual, indica el efecto inhibitorio de la represión ejercida. Señala que si bien el Gobierno ya no niega la existencia de estos elementos armados pro-gubernamentales, aprueba sus acciones y les permite operar con impunidad.
Los líderes del Movimiento Campesino y de las organizaciones estudiantiles han sido blanco especial de estas campañas. Este patrón ha instaurado un clima de miedo y desconfianza en la población. El nivel de persecución es tal que muchos de los que han participado en las protestas, defendido los derechos de los manifestantes, o simplemente expresado una opinión disidente, se han visto forzados a esconderse, han abandonado Nicaragua o están tratando de hacerlo. De acuerdo con el ACNUR, se han recibido 23.000 solicitudes (entre abril y julio) de asilo de nicaragüenses en Costa Rica.
En lugar de reconocer cualquier responsabilidad por actos ilícitos o indebidos durante la crisis, el Gobierno ha culpado a los líderes sociales y de la oposición, a las personas defensoras de los derechos humanos y a los medios de comunicación, por lo que ha denominado “violencia golpista”, así como por el impacto negativo de la crisis política en la economía nacional. Más aún, el Gobierno ha atribuido la responsabilidad por todos los actos de violencia a aquellos que participaron en las protestas, incluidas las 197 muertes oficialmente reconocidas hasta el día 25 de julio. El Gobierno no ha reconocido ningún uso desproporcionado de la fuerza o acción ilegal por parte de los agentes de la policía.
La represión de las protestas por la policía y por los elementos armados pro-gubernamentales causó violentos enfrentamientos con los manifestantes y focos de violencia que se extendieron en ciudades y comunidades rurales por todo el país. Los serios abusos cometidos por individuos que tomaron parte en las protestas, incluyendo las muertes de agentes de la policía y miembros del partido sandinista y heridas contras los mismos, y la destrucción de la infraestructura pública, deben ser debidamente investigados, y aquellos responsables sancionados dentro del marco de un juicio justo. Estos abusos no legitiman de ninguna forma una respuesta del Estado que no cumpla con el derecho internacional de los derechos humanos.
La falta de voluntad del Estado para realizar investigaciones expeditas, imparciales, exhaustivas e independientes sobre las alegaciones de violaciones de derechos humanos y abusos pone en grave peligro los derechos de las víctimas a la justicia, la verdad y a una reparación efectiva. La falta de independencia del Poder Judicial y las irregularidades reportadas respecto del Ministerio Público y del Instituto de Medicina Legal, plantean serias preocupaciones en términos de rendición de cuentas.
El Informe de 47 páginas explica la evolución de la crisis; el contexto previo a abril de 2018; el estallido de las protestas y su represión; la “operación de limpieza” así como la represión sistemática y persecución de individuos y grupos percibidos como partidarios de las protestas y opositores al Gobierno.
Los patrones de violaciones de derechos humanos predominantes y abusos cometidos entre el 18 de abril y el 18 de agosto de 2018 23, las principales violaciones de los derechos humanos cometidas por autoridades del Estado; la violación del derecho a la libertad de reunión pacífica; las violaciones del derecho a la vida y a la integridad física; la violación del derecho a la salud; las desapariciones forzadas; las violaciones del derecho a la libertad y seguridad personal; la tortura y malos tratos; la violación del derecho al debido proceso legal; la violación del derecho a la libertad de expresión; los abusos por elementos armados pro-gubernamentales; los abusos por manifestantes anti-gubernamentales, así como las otras consecuencias para los derechos humanos a raíz de la crisis actual y las investigaciones y respuesta judicial del Estado.
El capítulo V se refiere a las Recomendaciones y son las siguientes:
V. RECOMENDACIONES
119. Basado en los hallazgos contenidos en este informe, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, realiza las siguientes recomendaciones:
Al Gobierno de Nicaragua:
1. Poner fin inmediato al acoso, intimidación, estigmatización, criminalización (incluido a través del uso de legislación anti-terrorista), y cualquier otro tipo de represalias en relación con la participación en las protestas, incluidas contra los manifestantes, personas defensoras de los derechos humanos, opositores políticos, periodistas y otros.
2. Desmantelar y desarmar inmediatamente los elementos armados progubernamentales, y proteger a la población de ataques y otros actos ilegales y violentos.
3. Asegurar que se realicen prontamente investigaciones independientes, imparciales, efectivas, completas y transparentes en relación con todas las denuncias de serias violaciones a los derechos humanos y abusos que han ocurrido desde el 18 de abril, especialmente ejecuciones extrajudiciales, tortura, desapariciones forzadas de personas, arrestos y detenciones arbitrarias o ilegales; asegurar que las investigaciones criminales incluyan a todos aquellos que perpetraron, directa o indirectamente, ordenaron, apoyaron o toleraron dichos actos, incluyendo la cadena de mando de las autoridades implicadas. Estos actos no deberían quedar sin sanción.
4. Detener todos los arrestos ilegales, y liberar a todas las personas que han sido detenidas arbitrariamente; asegurar que el derecho al debido proceso de todas las personas acusadas sea respetado y que cualquier acusación criminal contra ellas sea acorde con los principios de legalidad, proporcionalidad y responsabilidad individual.
5. Asegurar que información precisa y actualizada sobre personas privadas de libertad y la ubicación de su detención esté disponible públicamente; que las personas sean informadas con rapidez de las razones de su arresto, tengan acceso a un abogado de su elección y sean prontamente llevadas ante un juez, y se les garantice su derecho a un juicio justo.
6. Asegurar que el derecho a la libertad de reunión pacífica sea plenamente respetado a través del debido control de las manifestaciones públicas, de conformidad con los estándares y normas internacionales de derechos humanos aplicables.
7. Tomar medidas urgentes para garantizar la independencia e imparcialidad del Poder Judicial, absteniéndose de ejercer cualquier indebida interferencia, presión o influencia.
8. Reanudar el Diálogo Nacional de una forma debida e inclusiva, para lograr acuerdos basados en los derechos humanos y principios democráticos.
9. Terminar y penalizar la estigmatización pública de quienes critican las políticas y acciones del Gobierno.
10. Otorgar a la OACNUDH acceso directo e irrestricto a todo el país, incluyendo a los lugares de detención, de acuerdo con el mandato del Alto Comisionado y las prácticas estándares de interacción y cooperación técnica con las autoridades y la sociedad civil.
11. Asegurar una cooperación efectiva con el Mecanismo Especial de Monitoreo para Nicaragua de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y con el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes.
12. Permitir el acceso al país a los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos que han solicitado realizar una visita oficial, de acuerdo a la invitación abierta de Nicaragua extendida en 2006.
A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos:
13. Implementar su mandato, incluyendo como mecanismo nacional de prevención de la tortura, en pleno cumplimiento con los Principios de París, fortaleciendo el Estado de derecho y los derechos humanos, incluyendo a través del monitoreo de la situación de los derechos humanos, el reporte público de sus hallazgos, y haciendo recomendaciones a las autoridades.
14. Cooperar plenamente con la Alianza Global de Instituciones de Derechos Humanos; buscar asistencia técnica de la OACNUDH, con miras a fortalecer sus prácticas operativas y su marco institucional para promover y proteger los derechos humanos con independencia del Gobierno.
Al Consejo de Derechos Humanos y a la comunidad internacional más amplia:
15. Monitorear la evolución de la situación en Nicaragua considerando la adopción de medidas para prevenir un mayor deterioro de la situación de los derechos humanos y alentando a la Asamblea General a actuar de la misma manera. Estas medidas podrían incluir la creación de una Comisión Internacional de Investigación o una Comisión de la Verdad híbrida (nacional– internacional) para asegurar el acceso a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas.
16. Hacer un llamado a Nicaragua a cumplir con sus obligaciones internacionales en materia derechos humanos y con sus compromisos y promesas voluntarios, incluidas aquellas en el contexto del mecanismo del Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos, y a cooperar plenamente con los órganos y mecanismos de derechos humanos.
OACNUDH está dispuesta a proveer información adicional de manera regular al Consejo de Derechos Humanos, según corresponda.