Se está preparando una resolución sobre el Dumping social en la Unión Europea, la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género para la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales ha emitido una opinión que evidencia las dificultades de las Mujeres en Europa frente a la crisis. La ponente de la opinión es la diputada. Evelyn Regner.
A. Considerando que el principio de igualdad de retribución para un trabajo de igual valor está reconocido en el artículo 157 del TFUE; que, a la vista del dumping social, debe garantizarse el principio de igualdad de retribución para un trabajo de igual valor en el mismo lugar; que las mujeres afrontan una discriminación múltiple que las coloca en una situación que entraña un riesgo aún mayor de pobreza y exclusión social;
B. Observa que las mujeres se ven más afectadas por el dumping social en determinados sectores, entre ellos los del trabajo doméstico y la asistencia (especialmente, la asistencia a domicilio), pero también en sectores asociados tradicionalmente a desplazamientos, como el cárnico o el del transporte; pide a la Comisión que analice esos sectores en los que las mujeres sufren dumping social y salarial o realizan un trabajo no declarado, la peor forma de dumping social, así como la legislación de la UE en vigor pertinente;
C. Señala que la retribución, las condiciones de trabajo y las cotizaciones a la seguridad social deben ser, durante la asignación, el desplazamiento o la duración del trabajo temporal de las trabajadoras en otro Estado miembro, al menos iguales a las de las trabajadoras del Estado miembro al cual se las destina;
D. Recomienda la creación de una red de oficinas de información y una página web que proporcione asistencia e información acerca de los derechos de las trabajadoras desplazadas o transferidas temporalmente a otro Estado miembro y de las obligaciones de los empleadores;
E. Hace hincapié en que todos los subcontratistas, por ejemplo, las agencias de trabajo temporal que envían en su mayoría a mujeres a otros Estados miembros para la realización de tareas domésticas y asistencia a domicilio, deben hacerse cargo de los salarios no abonados, las cotizaciones a la seguridad social, el seguro de accidentes y el cumplimiento de las disposiciones en materia de enfermedades y lesiones;
F. Pide a la Comisión que vele por que los Estados miembros refuercen las medidas de control y las sanciones eficaces a los empleadores de los sectores en los que las mujeres son víctimas del dumping social y que elaboren una lista negra de empleadores que incumplen la legislación de la UE.