Acuerdo Colombia, Perú – Unión europea: pueden mejorar si así lo quieren.

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La Comisión de Comercio Internacional del Parlamento europeo, debatió la implementación del Acuerdo Colombia, Perú – Unión europea. El ponente, el diputado español Santiago Fisas Ayxela, presentará su informe a fines de septiembre a fin que sea votado en noviembre 2018. El Acuerdo provisional, ha cumplido cinco años de vigencia, rige desde el 26 junio 2012. La intención de la Comisión Comercio Internacional es hacer un monitoreo para evaluar su implementación. En el video de portada, el diputado Fisas Ayxela  expone que el comercio bilateral no ha aumentado, no obstante, los flujos de comercio internacional e inversión son positivos, las exportaciones agrícolas de la UE han aumentado en Colombia y Peru, la implementación del Acuerdo ha permitido el ingreso de las empresas europeas en ambos mercados latinoamericanos por la reducción de las barreras comercial bilaterales.

La Comisión europea ha redactado su informe anual, del cual se desprende, que el Acuerdo ha tenido un impacto positivo: 2002 empresas colombianas exportaron en comparación a las 1656 empresas exportadores del 2012, y según Promperu 2269 empresas peruanas han exportado a la UE. Los Acuerdos comerciales son una herramienta política para mejorar las condiciones de los países socios, además, las medidas de desarrollo sostenible son importantes para proteger a las empresas europeas de dumping social y ambiental.

Queda mucho por hacer, argumentó el Diputado Fisas Ayxela: la lucha contra  la corrupción, el medio ambiente, la mejora de los Derechos humanos y laborales, la libertad de asociación, las  inspecciones laborales y la lucha contra el trabajo informal. En Perú, el empleo informal llega al 73%, señaló, equivalente a 17 millones de personas, de los cuales 2,9 millones son niños entre 6 y 17 años según el informe de la OIT y Colombia tienen el 58% de empleo informal, además del trabajo infantil y millones de trabajadores colombianos no tiene acceso a la seguridad social y los trabajos son temporales.

Considera Fisas, que se debe animar a Colombia y Perú, señaló la necesidad de crear los Domestical Adviser Groups que sean efectivamente independientes, para seguir la implementación del Acuerdo y fomentar el dialogo con la sociedad civil. Felicitó a  Colombia por haber decidido crear un Grupo de Consulta interno independiente del gobierno y haber nominado 908 inspectores  laborales que garantizan la correcta implementación de las leyes laborales. El Grupo de consulta en Colombia, se conformó independientemente y solicitó a su Gobierno desempeñar la función prevista, la cual fue aceptada. Una muestra, de parte de Colombia, de haber entendido que el Acuerdo es para la gente no para las estructuras estatales, sólo la gente creciendo hará crecer el Acuerdo.

Titulo IX – Desarrollo sostenible

El artículo 281 establece la existencia del Comité Nacional en materia laboral y ambiental o de desarrollo sostenible que deben ser autónomos. Esta disposición no ha sido cumplida por el Perú, quien prefiere tener una estructura ya vigente en el Ministerio de Trabajo, que será presidida por un representante de la sociedad civil. Sin embargo, como señaló el representante del Comité económico y social, si en un primer momento las asociaciones de la sociedad civil se opusieron, éstas han entendido que pueden hacer parte del Comité de Control. El objetivo es que establezcan un diálogo constante entre los equivalentes representantes de la Sociedad civil de Colombia, Perú y la Unión europea. Tanto la Comisaria Cecilia Malmström, así como la Región Wallonia se han dirigido al Gobierno peruano, mediante una carta, haciendo notar esta carencia, están esperando respuesta. La creación de esta estructura con autonomía, es un componente necesario del Acuerdo previo a su ratificación. 

Para el proceso comunitario europeo, que debe su desarrollo al trabajo de la sociedad, a la participación de la gente, a su contribución laboral y empresarial, lo cual, les ha permitido lograr el desarrollo económico actual. No es comprensible la postura peruana, el Comité debe ser autónomo, quiere decir, no estatal. El Acuerdo Colombia, Peru – UE va más allá de ser sólo un Acuerdo comercial tiene otros elementos que favorecen la participación del país en la economía global.

Se felicitó a Colombia por haber constituido una estructura autónoma cumpliendo con lo dispuestos en el art. 281 del Acuerdo. Además de su ingreso a la OCDE, luego de haber cumplido con todos los requisitos predispuestos, sobre todo, la lucha contra la corrupción.. 

En comparación a los Acuerdos suscritos con otras regiones del mundo, por ejemplo Corea, este Acuerdo presenta muchos márgenes de mejoras, como fue señalado «un punto importante, es que pueden avanzar si así lo quieren».