Argentina, la ONU reconoce la inclusión del límite exterior de su plataforma continental a su territorio

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La Argentina fue uno de los primeros países que destacó el alcance de sus derechos de soberanía sobre la plataforma continental en su condición de Estado ribereño. En 1916 -aún antes de la declaración Truman– el Almirante Storni desarrolló una doctrina que reivindicaba los derechos sobre la plataforma continental y todos los recursos que en ella existían.

En 1944, se declaró zona de reserva minera a la plataforma continental.

Posteriormente, en 1946, el Decreto N° 14.708/463, apoyándose en la Declaración Truman, fue mucho más allá en cuanto a sus fundamentos y alcances, y reivindicó la soberanía argentina sobre el mar epicontinental y el zócalo continental. Este decreto sostuvo como fundamento que se trata de una norma consuetudinaria, e hizo referencia al concepto de prolongación natural del territorio.

En 1966, la Ley N° 17.0945 -coincidente, en general, con la Convención de Ginebra sobre la Plataforma Continental de 1958– reafirmó la soberanía argentina sobre el lecho y el subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a su territorio hasta una profundidad de doscientos metros o más allá de este límite, hasta donde la profundidad de las aguas suprayacentes permitiera la explotación de los recursos naturales de dichas zonas6.

Durante las negociaciones de la III° Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la Argentina integró el grupo de Estados “marginalistas” y defendió la propuesta que había realizado al Comité Especial Encargado de Estudiar la Utilización con Fines Pacíficos de los Fondos Marinos y Oceánicos Fuera de los Límites de la Jurisdicción Nacional en 1,973, en la que propugnaba que la plataforma llegara hasta el borde exterior del margen continental.

En 1991 -antes de la entrada en vigor de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR)– la Argentina dictó la Ley de Espacios Marítimos N°23.9689. En el artículo 6 se estableció el límite exterior de la plataforma continental argentina hasta el borde exterior del margen continental o hasta las 200 M cuando el borde exterior no alcanzara esa distancia. La Argentina tiene por lo tanto fijado el límite exterior de su plataforma continental de conformidad con lo establecido en el texto de la CONVEMAR adoptado en 1982 en Montego Bay y en esta presentación se determinan los puntos fijos que constituyen ese límite.

La CONVEMAR entró en vigor para la Argentina el 31 de diciembre de 1995.

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La Comisión del Límite Exterior de la Plataforma Continental, órgano científico integrado por 21 expertos internacionales de reconocido prestigio y creado por la Convención de la ONU sobre Derecho del Mar, adoptó por consenso, es decir sin un solo voto en contra, las recomendaciones sobre la presentación argentina realizada en abril de 2009 que incluyó el límite exterior de la plataforma continental de todo el territorio argentino: continental, Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y Antártida Argentina.

Desde la Cancillería argentina se informó que el nuevo límite exterior de la Plataforma Continental Argentina suma 1.700.000 metros cuadrados, 35% más que la superficie actual. La presentación del nuevo límite se hizo en el Salón Libertador del Palacio San Martín, con la presencia del vicecanciller, Carlos Foradori, legisladores nacionales y autoridades de la Armada y la Prefectura.

El trabajo científico, técnico y jurídico que permitió demarcar el límite exterior de la plataforma continental argentina fue realizado por la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA) a lo largo de veinte años de intensa labor. COPLA fue creada por ley nacional y está presidida por la Cancillería e integrada por el Jefe del Servicio de Hidrografía Naval y el Ministerio de Economía. El desarrollo del plan de tareas está a cargo de un grupo de profesionales especialmente capacitados. Estos estudios, además, han permitido profundizar en el conocimiento de la geología marina y de los recursos existentes.