Ayer, en su primer discurso como presidente de la República, Keiko Fujimori presentó un diagnóstico duro: el Perú atraviesa un momento enrarecido, con deterioro en seguridad, criminalidad, informalidad y capacidad operativa del Estado. Los números expuestos mostraron una tendencia clara: el país está predispuesto a la ingobernabilidad.
Hoy, la Ley de Delegación de Facultades ha sido emitida. El anuncio se convirtió en norma.
La ley autoriza al Poder Ejecutivo a legislar durante ciento veinte días en materias esenciales para la vida nacional: seguridad ciudadana, criminalidad, sistema penitenciario, régimen laboral, tributación, desarrollo productivo, simplificación administrativa, minería, pesca, energía, turismo, infraestructura y reforma estructural del Estado.
“Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, por el plazo de ciento veinte (120) días calendario…” (Ley de Delegación de Facultades)
La norma también establece que los decretos legislativos no estarán sujetos a consulta pública ni análisis de impacto regulatorio. Es una señal institucional de urgencia: el país necesita decisiones rápidas, y el Congreso ha optado por transferir esa responsabilidad al Ejecutivo.
En este contexto, esta delegación puede leerse como una señal esperanzadora: una herramienta para reordenar la vida civil, recuperar la paz pública y reconstruir la capacidad del Estado. No porque todo se resolverá de inmediato, sino porque por primera vez en mucho tiempo existe una ruta clara, una decisión concentrada y temporal para actuar.
Sabemos quién está tomando las decisiones. Sabemos qué facultades se han otorgado. Sabemos que el plazo es de cuatro meses. Y sabemos que, al término de ese periodo, deberá empezar a aplicarse otra versión del Perú: más ordenada, más funcional, más segura y más capaz de responder a sus desafíos.
La ciudadanía tiene derecho a exigir transparencia, vigilancia y responsabilidad en cada decreto legislativo que se emita. Pero también tiene derecho a sentir esperanza cuando el Estado decide actuar con firmeza en momentos de crisis.
Hoy se ha dado un paso institucional decisivo. Los próximos cuatro meses serán determinantes.
¿Qué es esta ley?
Es una norma mediante la cual el Congreso le entrega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar durante 120 días en una cantidad excepcional de materias que afectan la seguridad, la economía, el empleo, la administración pública y la estructura del Estado.
Cita textual:
“Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, por el plazo de ciento veinte (120) días calendario…”
¿Qué permite hacer?
El Ejecutivo podrá emitir decretos legislativos —es decir, leyes hechas directamente por el Gobierno— en siete grandes áreas:
1. Seguridad ciudadana y criminalidad
Incluye prevención, investigación, persecución penal, crimen organizado y participación excepcional de las Fuerzas Armadas en el sistema penitenciario.
“Participación temporal y excepcional de las Fuerzas Armadas…”
2. Micro y pequeñas empresas, formalización y emprendimiento
Normas para productividad, digitalización, permisos, licencias, acceso a crédito, capital semilla, saneamiento de propiedad y modernización societaria.
3. Empleo, régimen laboral y protección social
El Ejecutivo podrá modificar:
- ESSALUD y pensiones
- CTS
- gratificaciones
- vacaciones
- jornada laboral
- horas extras
- utilidades
- régimen de despido
“Unificar y regular el marco legal de la actividad laboral…”
4. Simplificación administrativa y eliminación de barreras burocráticas
Incluye eliminar trámites, fusionar procedimientos, imponer silencio positivo, digitalizar documentos y fortalecer INDECOPI.
5. Desarrollo productivo
Abarca minería, pesca, agricultura, recursos hídricos, energía, hidrocarburos, electricidad, turismo, infraestructura, APPs y peajes. Es una reforma transversal de sectores estratégicos.
6. Tributación, aduanas y comercio exterior
El Ejecutivo podrá modificar el Impuesto a la Renta, deducciones, créditos fiscales, transparencia fiscal internacional, dividendos del exterior y regímenes aduaneros.
“Perfeccionar la Ley del Impuesto a la Renta…”
7. Reforma estructural y modernización del Estado
Incluye crear, fusionar, reorganizar o disolver entidades públicas, reasignar funciones, personal, activos y programas.
“Creación, reestructuración, reorganización, fusión, división y disolución de organismos públicos…”
¿Qué hace a esta ley diferente de otras delegaciones?
Los decretos legislativos no tendrán consulta pública ni análisis de impacto regulatorio.
Cita textual:
“Se encuentran exceptuados de la aplicación de la agenda temprana, la consulta pública, el análisis de impacto regulatorio…”
Esto significa que el Ejecutivo podrá legislar rápido, sin los filtros técnicos habituales.
¿Por qué es importante?
Porque en solo 120 días calendario el Gobierno podrá:
- reordenar sectores completos,
- modificar regímenes laborales y tributarios,
- intervenir en seguridad y sistema penitenciario,
- reorganizar entidades del Estado,
- simplificar trámites,
- y ajustar marcos normativos productivos.
Es una herramienta institucional de alto impacto, diseñada para actuar en un contexto de deterioro y urgencia.
En resumen
La ley entrega al Ejecutivo un poder normativo amplio y temporal para reordenar el país en áreas críticas. Es una decisión institucional fuerte, excepcional y orientada a enfrentar un momento de ingobernabilidad y deterioro.







