La disputa territorial entre Colombia y Perú, que comenzó hace unos 6 a 8 meses, se originó cuando un diplomático colombiano, sin consultar a sus superiores ni reflexionar adecuadamente, acusó a Perú de apropiarse de una isla en el río Amazonas. Este incidente desató una serie de reacciones diplomáticas que se habrían podido resolver con mayor calma y mediante un diálogo directo entre ambos países.
Sin embargo, lo que podría haber sido una conversación serena para aclarar la situación se ha visto empañado por el contexto político interno de Colombia. El presidente Gustavo Petro, atravesando una complicada coyuntura política, parece haber optado por un enfoque más confrontacional, asesorado por un militar con antecedentes de dudosa integridad, quien parece haber influido en la toma de decisiones. Este giro hacia un tono más agresivo y de rearme, lejos de acercar las posiciones, ha aumentado las tensiones, particularmente en un tema tan sensible como los límites territoriales.
La acusación inicial del diplomático colombiano, aunque más tarde matizada como un error sin la debida consulta interna, dejó una marca. En lugar de buscar una solución por la vía diplomática, Petro y su gobierno han alimentado un conflicto que podría haber sido resuelto de manera más eficaz a través de la diplomacia. Ahora, en lugar de aprovechar la oportunidad de una conversación más tranquila y reflexiva, se está apostando por una postura que podría complicar aún más la relación con Perú, sumiendo la situación en un conflicto innecesario.
Este tipo de escalada no solo afecta las relaciones bilaterales, sino que también podría tener implicaciones más amplias para la estabilidad regional, en un contexto donde la cooperación y la comunicación fluida entre países vecinos son cruciales. En lugar de enfocar esfuerzos en el rearme y la confrontación, habría sido más prudente que el presidente Petro buscara una solución negociada, que no solo preservara la integridad de Colombia, sino que también contribuyera a la paz y la estabilidad en la región.
Este tema no solo es un punto de fricción entre dos países vecinos, sino un claro ejemplo de cómo las tensiones internas de un gobierno pueden trasladarse a la diplomacia internacional, con consecuencias para todos los involucrados.
5 de agosto de 2025 – 10:55 a. m.
El Gobierno del Perú expresa su más firme y enérgica protesta respecto a las declaraciones del Gobierno de Colombia con relación a los derechos soberanos y actos de jurisdicción que ejerce legítima y legalmente el Perú de manera pública y permanente hace más de un siglo sobre la integridad de su territorio nacional.
El Ministerio de Relaciones Exteriores estima pertinente señalar que el Pleno del Congreso de la República del Perú aprobó por unanimidad el pasado 12 de junio la creación del nuevo distrito de Santa Rosa de Loreto, en uso de las potestades y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú, y el 3 de julio último se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley N° 32403, cuyo artículo 2 dispone la “creación del distrito de Santa Rosa de Loreto en la provincia de Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto, con su capital el pueblo de Santa Rosa”.
Dicha circunscripción territorial se encuentra bajo la soberanía y jurisdicción de nuestro país, de conformidad con los límites políticos internacionales establecidos en el Tratado de Límites y Libre Navegación Fluvial entre el Perú y Colombia, del 24 de marzo de 1922, y los trabajos demarcatorios de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites.
El Gobierno del Perú, mediante la Nota RE (VMR) N° 6/116 del pasado 4 de julio, ha rechazado contundentemente los términos contenidos en las notas S-GFTC-25-21238 del 20 de junio y S-DVRE-25-010505 del 3 de julio del Gobierno colombiano, oportunidad en la cual reafirmó los legítimos derechos de soberanía sobre la integridad de nuestro territorio nacional.
A dicho respecto se tiene a bien precisar que el pueblo de Santa Rosa es parte integrante de la isla peruana de Chinería, asignada al Perú en 1929 por la referida Comisión Mixta Demarcadora y que está sometida a su soberanía y jurisdicción nacional, por encontrarse, además, al oeste del límite internacional peruano-colombiano, establecido por el thalweg del río Amazonas hasta la latitud determinada como límite entre Colombia y Brasil (señalada por el Hito 1995-1) lo que ha sido reafirmado al Gobierno de Colombia, de manera permanente, en diversas oportunidades.
De otra parte, es importante señalar que el Protocolo de Amistad y Cooperación entre la República del Perú y la República de Colombia, y Acta Adicional, suscrito en Río de Janeiro, el 24 de mayo de 1934, reafirmó los límites establecidos en el tratado de 1922; asimismo, su “Acta Adicional” acordó, entre otros aspectos, “la libertad de navegación y de tránsito” entre los territorios fluviales de ambos países en las cuencas del Amazonas y del Putumayo, lo que el Perú cumple rigurosamente.
El Perú, fiel a su vocación de cumplir respetuosa y rigurosamente con sus obligaciones internacionales, y de acuerdo con su vocación pacífica y de integración con sus países vecinos, se conduce con estricto apego al derecho internacional y a los tratados bilaterales vigentes, lo cual reafirma en esta oportunidad.

La Sociedad Peruana de Derecho Internacional aclara asunto relativo
a la delimitación entre el Perú y Colombia
La Sociedad Peruana de Derecho Internacional (SPDI) manifiesta su enérgico rechazo a las recientes declaraciones del presidente de Colombia, Gustavo Petro, en las que insinúa que el Perú habría violado el tratado de límites entre el Perú y Colombia.
La SPDI recuerda que los límites del Perú están debidamente definidos por instrumentos internacionales de carácter pétreo, los cuales gozan de plena validez y obligatoriedad jurídica.
El asunto relativo a la isla Santa Rosa ha sido resuelto de manera definitiva a la luz de los acuerdos suscritos entre ambas partes, en estricto cumplimiento del Derecho Internacional.
El Perú siempre ha sido y es un Estado respetuoso de los tratados y del ordenamiento jurídico internacional, actuando con apego irrestricto a los principios de paz, seguridad jurídica y buena fe que rigen las relaciones entre naciones. Los límites entre Perú y Colombia fueron establecidos de manera inalterable por ambas partes, conforme a los instrumentos bilaterales y al Derecho Internacional, los cuales consagran fronteras definitivas e inviolables.
La SPDI subraya que los cambios morfológicos en el cauce del río Amazonas, fenómenos naturales ajenos a la voluntad de los Estados, no afectan en modo alguno los límites. El Derecho Internacional es categórico al establecer que las variaciones fluviales no modifican los tratados de límites, los cuales se sustentan en normas imperativas y en principios jurídicos irrevocables.
Finalmente, la SPDI insta a continuar fortaleciendo el diálogo bilateral y los mecanismos de consulta diplomática, en el marco del respeto irrestricto al Derecho Internacional y a la soberanía de los Estados.