Cualquier persona o empresa afectada por el comportamiento contrario a la competencia puede acudir a los tribunales de los Estados miembros y reclamar una indemnización por daños y perjuicios. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Reglamento (CE) nº 1/2003 en materia de defensa de la competencia confirman que, en los asuntos ante los tribunales nacionales, una decisión de la Comisión constituye una prueba vinculante de que la práctica se produjo y era ilegal.
La Directiva sobre daños y perjuicios por infracciones del derecho de la competencia, que los Estados miembros deben incorporar a sus ordenamientos jurídicos a más tardar el 27 de diciembre de 2016, facilita que las víctimas de prácticas contrarias a la competencia puedan obtener indemnizaciones por daños y perjuicios. Más información sobre las demandas por daños y perjuicios, incluida una guía práctica sobre cómo cuantificar el perjuicio causado por las infracciones.
El caso en cuestión
El artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el artículo 53 del Acuerdo EEE prohíben los carteles y otras prácticas comerciales restrictivas. En este caso, la investigación de la Comisión empezó con inspecciones por sorpresa realizadas en junio de 2008. La Comisión remitió un pliego de cargos en septiembre de 2012 y celebró una audiencia en junio de 2013.
La Comisión Europea acaba de multar por un total de €115’865,000 a ocho fabricantes y distribuidores de bandejas de envasado para alimentos al por menor por haber participado en al menos uno de cinco carteles distintos. Los ocho fabricantes son Huhtamäki (Finlandia), Nespak y Vitembal (Francia), Silver Plastics (Alemania), Coopbox, Magic Pack y Sirap-Gema (Italia), y Linpac (Reino Unido). Los dos distribuidores son Ovarpack (Portugal) y Propack (Reino Unido).
Las empresas fijaron precios y se repartieron los clientes en el mercado de las bandejas de espuma de poliestireno o de bandejas rígidas de polipropileno, vulnerando las normas de la UE en materia de competencia. Las bandejas de espuma de poliestireno y las bandejas rígidas de polipropileno se utilizan en el el envasado de alimentos vendidos en comercios o supermercados para productos tales como el queso, la carne, el pescado o pasteles. Linpac se benefició de una inmunidad total, en aplicación de las Directrices de la Comisión sobre clemencia de 2006, por haber revelado la existencia del cartel a la Comisión.
La comisaria Margrethe Vestager, responsable de la Política de Competencia, ha declarado: «Millones de consumidores que compran alimentos para su consumo y el de sus familias han podido resultar afectados por estos carteles. Las empresas correspondientes compartimentaron el mercado del envasado de alimentos al por menor y acordaron precios, en lugar de competir en función de sus méritos. Los carteles perjudican a la economía en su conjunto cuando las empresas fijan los precios, en vez de hacerlo el mercado. Esto elimina los incentivos para innovar y no se va a tolerar».

La investigación de la Comisión reveló la existencia de cinco carteles distintos en el sector de los envases de alimentos al por menor en una gran parte del Espacio Económico Europeo (EEE), a saber:
- En los mercados de bandejas de espuma de poliestireno y bandejas rígidas de polipropileno de Europa Noroccidental («ENO»). Se trata de Alemania, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Luxemburgo, Noruega, los Países Bajos y Suecia. Los hechos se produjeron entre junio de 2002 y octubre de 2007.
- En el mercado de bandejas de espuma de poliestireno de Europa Central y Oriental («ECO»). Se trata de Chequia, Eslovaquia, Hungría y Polonia. Los hechos se produjeron entre noviembre de 2004 y septiembre de 2007.
- En el mercado de bandejas de espuma de poliestireno de Europa Sudoccidental («ESO»). Se trata de España y Portugal. Los hechos se produjeron entre marzo de 2000 y febrero de 2008.
- En el mercado de bandejas de espuma de poliestireno de Francia. Los hechos se produjeron entre septiembre de 2004 y noviembre de 2005.
- En el mercado de bandejas de espuma de poliestireno de Italia. Los hechos se produjeron entre junio de 2002 y diciembre de 2007.
Las empresas multadas hoy por la Comisión eran parte de uno de esos carteles.