El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) reitera su preocupación por los retrocesos en los derechos humanos de las mujeres y las niñas en Guatemala, que pueden implementarse a propósito de una serie de iniciativas legislativas regresivas de derechos Constitucionales y convencionales a la luz de la efectiva implementación de la Convención de Belém do Pará, instrumento suscrito y ratificado por el Estado.
Estas iniciativas, como discursos públicos que le acompañan basadas en creencias morales o religiosas, pueden afectar el libre ejercicio de los derechos humanos de las mujeres. En este sentido, recientemente este Comité lamentó que la Dra. Ana Leticia Aguilar Theissen fuera destituida como Secretaria Presidencial de la Mujer (SEPREM) por haberse pronunciado a favor de la Iniciativa de Ley 5376 para la Protección Integral a Niñas y Adolescentes Víctimas de Violencia Sexual, Explotación Sexual y Trata.
En el mismo sentido, el Comité ha sido informado sobre el avance de la iniciativa de Ley Nº 5272 que dispone aprobar en el Congreso la “Ley de Protección a la Vida y a la Familia”. Iniciativa que disputa derechos humanos de las mujeres y las niñas, reconocidos internacionalmente y que el Estado de Guatemala de manera soberana se ha obligado a reconocer.
Cabe recordar que el artículo 4 de la Convención de Belém do Pará establece que toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. De igual forma, el artículo 6 de dicha Convención establece que los Estados Parte deben garantizar que todas las mujeres y las niñas sean valoradas y educadas libres de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.
A través del Tercer Informe Hemisférico sobre la Implementación de la Convención de Belém do Pará, el Comité ha señalado que el sistema educativo requiere de un conjunto de normas que aseguren que las mujeres y las niñas reciban una educación libre de violencia, de estereotipos de género y sin discriminación. Por otro lado, a través de la Declaración sobre Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres como Bien de la Humanidad, el Comité ha señalado que la discriminación y la violencia contra las mujeres constituyen violaciones a los derechos humanos, por lo tanto, no resultan admisibles las justificaciones basadas en creencias o valores religiosos o culturales. Además, se explica que el género es una categoría analítica proveniente de las ciencias sociales y un instrumento metodológico para examinar y revelar las relaciones históricas de desigualdad entre hombres y mujeres y los impactos concretos en las vidas de ambos.
Un sistema democrático y respetuoso de los acuerdos internacionales exige el respeto por los derechos humanos y la igualdad entre hombres y mujeres. Por esta razón, la preocupación de este Comité se agudiza ya que se trataría de una iniciativa que busca profundizar el machismo y la misoginia, reforzar y perpetuar estereotipos y roles de género discriminatorios que afectan principalmente a mujeres y niñas, fomentar una cultura de intolerancia que afecta la convivencia democrática y legitimar la violencia contra las mujeres.
Por todo lo anterior, este Comité insta al Estado a evaluar la continuidad de esta iniciativa, a promover la perspectiva de género en todos los planes, programas y proyectos de ley, y a tomar todas las medidas necesarias, incluso de carácter legislativo, para garantizar y proteger el derecho a la igualdad de género y el derecho de todas las mujeres a vivir libres de violencia, tal como lo establece la Convención de Belém do Pará.
El Comité de Expertas es el órgano técnico del MESECVI responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención de Belém do Pará. Está integrado por Expertas independientes, designadas por cada uno de los Estados Parte entre sus nacionales, quienes ejercen sus funciones a título personal.








